Salvaguarda de nuestros intereses maritimos

LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LAS EMBARCACIONES SON DE USO OBLIGATORIO EN TODO MOMENTO

LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LAS EMBARCACIONES SON DE USO OBLIGATORIO EN TODO MOMENTO

La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) le hace un llamado a las personas, a los pescadores, a los capitanes de las naves de placer y a todos los usuarios que utilizan la vía marítima para transportarse, que deben utilizar en todo momento las medidas de seguridad para salvaguardar sus vidas y la de los pasajeros. 

Se acercan los días de Semana Santa, motivo por el cual aumenta la afluencia de pasajeros en las rutas marítimas, es por ello que personal de la AMP, reforzará a su personal asignado a nivel nacional para que verifiquen que los propietarios o capitanes de embarcaciones, cuenten con su permiso de navegación y el certificado de seguridad vigente para poder zarpar desde los  puertos.

Asimismo, las naves deben cumplir los requisitos mínimos de seguridad, entre ellos: tener chaleco salvavidas, equipo de comunicación apropiado, luces de bengala, motor fuera de borda en buenas condiciones, extintor de incendios portátiles tipo ABC no menor de cuatro kilos, entre otras.

El personal tripulante de la nave, debe contar con el conocimiento y el entrenamiento apropiado para garantizar la seguridad de la navegación, se reitera que las embarcaciones fuera de borda podrán realizar viajes solamente de 6:00 a.m. a 6:00 p.m.

Las embarcaciones que se dediquen a la Pesca Artesanal o Pesca Semi-Industrial NO PUEDEN LLEVAR PASAJEROS, mientras que las naves que prestan servicio de transporte de pasajeros NO DEBEN EXCEDER el número de personas para el cual están habilitados y deberán considerar el equipaje como parte de la capacidad de carga de la nave.

Algunas recomendaciones son: Abordar la nave lentamente y con cuidado, a  medida que abordan distribuirlos por banda de uno en uno, entregar un salvavidas a cada pasajero tan pronto aborda la nave, los pasajeros deberán permanecer sentados durante las maniobras de atraque, desatraque y navegación. Entre otras

Aquellas embarcaciones que no cumplen con las medidas de seguridad correspondientes (que son obligatorias para toda embarcación), no se les permitirá zarpar y en caso de reincidencia serán sancionadas.

La AMP hace un llamado a la población panameña que utiliza la vía marítima como medio de transporte para que colabore en la implementación de estas medidas de seguridad dirigidas a salvaguardar sus vidas y reitera que es la única institución encargada de expedir el Certificado de navegación y seguridad, documento obligatorio para zarpar.

Igualmente, informamos que ya se encuentran habilitados los nuevos números telefónicos del Departamento Prevención y Control de la Contaminación de la Dirección General de Puertos, los cuales estarán disponibles las 24 horas los 7 días a la semana, para recibir sus reportes sobre contaminación del medio marino; las líneas para la provincia de Panamá son: 6550-6976 y 6550-6841; para la provincia de Chiriquí; 6948-9969 y para la provincia de Colón; 6550-1967.  

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