La demanda continua generada por la comunidad marítima internacional, la cual desempeña operaciones permanentes en horario ininterrumpido, requiere la realización de funciones 24/7 en la Dirección General de Registro Público de Propiedad de Naves, de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), en razón de las diferencias horarias que mantienen nuestros principales usuarios alrededor del mundo, los cuales son atendidos desde la propia institución y a través de los consulados privativos de Marina Mercante que funcionan internacionalmente.
Estas peculiaridades propias del negocio marítimo propiciaron que esta dirección haya regulado formalmente el horario de labores de esta dependencia de la AMP para seguir brindando, de una forma oficializada, el servicio 24/7, los 365 días del año.
El administrador de la AMP y ministro de Asuntos Marítimos, Jorge Barakat Pitty, en compañía del director general de la dirección de Registro Público de Propiedad de Naves, José Isabel Quintero, enfatizó el carácter positivo de esta acción ya que forma parte de la la modernización que necesita el registro naval y, además ofrecerá al usuario mayor flexibilidad y un mejor servicio.
A este respecto, Barakat Pitty, destacó el hecho de que “por primera vez en la historia registral de naves se puede inscribir escrituras públicas después de las 4:30 p.m., cumpliendo así un anhelo largamente esperado por la comunidad marítima nacional e internacional”.
En este sentido, mediante la resolución ADM N° 162-2017 del 31 de agosto de 2017 se estableció que el horario de labores de los funcionarios de esta dirección que laboran tanto en nuestro país como en dependencias internacionales se dividirá en tres turnos, los cuales se fraccionan de la siguiente forma:
- 6:00 a.m. -2:00 p.m.
- 2:00 p.m. – 10:00 p.m.
- 10:00 p.m. – 6:00 a.m.
Por medio de este nuevo horario, el usuario puede realizar todas las operaciones que brinda la dirección General de Registro Público de Propiedad de Naves desde las seis (6) de la mañana hasta las diez (10) de la noche. Después de esta hora solo bastará una comunicación al Registrador General para realizar cualquiera tramitación.
Con esta disposición, la Dirección General de Registro Público de Propiedad de Naves como ente encargado de las inscripciones de títulos de propiedad de naves, hipotecas navales o cancelaciones de estas e inscripción de cualquier otro gravamen que se debe realizar ante la AMP, establece de forma oficial los horarios que sus funcionarios deberán desempeñar en beneficio de la prestación de un servicio de calidad, eficiencia y eficacia, el cual caracteriza a la entidad panameña, como líder mundial.
Durante el evento, representantes de la Cámara Marítima de Panamá, la Asociación Panameña de Derecho Marítimo (APADEMAR), y otros actores del sector marítimo fueron partícipes de esta positiva actuación que dota al registro panameño de mayor fortaleza y profesionalización.
Belisario Porras, directivo de APADEMAR, mostró su complacencia ante este nuevo avance realizado por la AMP, con el que se brindará una prestación más integral a la comunidad internacional que utiliza este registro panameño. Además, añadió Porras: “esta acción eleva aún más la competitividad del registro panameño respecto a nuestros competidores, al ofrecer un servicio eficiente las 24 horas del día, los 365 días del año”.
De igual modo, Belisario Porras, como abogado marítimo usuario del registro, expresó su agrado por ser el primer usuario en aprovechar este servicio.
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