La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) le hace un llamado a la ciudadanía para que tengan el mayor cuidado y protección durante el periodo de fiestas patrias y fin de año; además, agradece el apoyo a todo el personal de la institución que estará laborando durante esas fechas y que velará por la seguridad de los pasajeros que se transportan por vía marítima.
Los operativos que se realizan tienen la finalidad de salvaguardar la seguridad de la navegación, proteger la vida humana en el mar y prevenir la contaminación del medio marino, además de hacer docencia para que los ciudadanos sepan las medidas de seguridad que deben de exigir en las embarcaciones, así como utilizar los puertos, muelles y facilidades portuarias legalmente establecidas.
Personal técnico de la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares (DPIMA) estará verificando que los propietarios, operadores o capitanes de las embarcaciones, tengan su permiso de navegación, así como el certificado de seguridad vigente para poder zarpar y que se mantengan las medidas de seguridad reglamentarias.
Asimismo, las naves deberán contar con los requisitos mínimos de seguridad, entre ellos: tener chalecos salvavidas, equipo de comunicación apropiado, luces de bengala, motor fuera de borda en buenas condiciones, extintor de incendios portátiles tipo ABC no menor de cuatro kilos, entre otras.
Algunas recomendaciones son: abordar la nave lentamente y con cuidado; a medida que abordan, deben ser distribuidos por banda, de uno en uno, entregar un salvavidas a cada pasajero tan pronto suba a la nave; los pasajeros deberán permanecer sentados durante las maniobras de atraque, desatraque y navegación, entre otras.
El personal tripulante de cada nave, debe poseer el conocimiento y el entrenamiento apropiado para garantizar la seguridad de la navegación. Se reitera que las embarcaciones fuera de borda podrán realizar viajes solamente de 6:00 a.m. a 6:00 p.m.
Las embarcaciones que se dediquen a la pesca artesanal o pesca semiindustrial no pueden llevar pasajeros, mientras que las naves que prestan servicio de transporte de pasajeros no deben exceder el número de personas para lo cual están habilitadas y deberán considerar el equipaje como parte de la capacidad de carga de la nave. La AMP reitera que es la única institución encargada de expedir el certificado de navegación y seguridad, documento obligatorio para zarpar.
Las embarcaciones que no cuenten con su respectiva documentación en regla o que no sea apta para el transporte de pasajeros, no se le permitirá el zarpe, ya que ello pone en peligro la vida humana en el mar.
Documentación que debe portar la embarcación:
- Patente de Navegación (embarcaciones que prestan servicio comercial, se les exige el certificado de seguridad).
- Licencia de Navegación (naves de subsistencia y pesca artesanal).
- Permiso de Navegación Vigente (yates de placer).
- Permiso de zarpe (boleta de registro de salida de embarcaciones de motor fuera de borda, emitido por la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares, de la AMP).
- Certificado de Seguridad (para embarcaciones de Servicio Interior).
- Licencia de Motor Fuera de Borda (para embarcaciones de pesca artesanal y labor de subsistencia).
- Licencia de Marino.
- Licencia de Radio.
Toda embarcación registrada en la AMP, debe portar su nombre grabado en el casco de la nave, que sea de manera legible.
Para cualquier denuncia, se encuentran habilitados los números telefónicos del Departamento Prevención y Control de la Contaminación, de la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares, los cuales estarán disponibles las 24 horas diarias para recibir sus denuncias, sobre contaminación en el medio marino en los números: 6550-6976 y 6550-6841, igualmente en la provincia de Chiriquí al 6948-9969 y para la provincia de Colón, la línea 6550-1967.
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