DIRECCIÓN GENERAL DE PUERTOS
E INDUSTRIAS MARÍTIMAS AUXILIARES
Flor Pitty
Directora
Objetivo
Proponer y coordinar la planificación y ejecución del Plan General para el desarrollo del Sistema Portuario Nacional y de las industrias marítimas auxiliares, estableciendo las normas técnicas para el desarrollo portuario, de conformidad con las políticas emanadas del Despacho del Administrador, en concordancia con la política económica general de Estado.
Funciones
- Operar los puertos e instalaciones portuarias nacionales, que no sean dados en concesión a empresas privadas, y que no sean de la Fuerza Pública o de la Autoridad del Canal de Panamá.
- Proponer, coordinar y supervisar la ejecución de un plan general, para el desarrollo del sistema portuario nacional, de conformidad con las políticas emanadas de la Administración General.
- Construir, mejorar, ampliar y conservar los puertos e instalaciones portuarias comerciales de uso público, de acuerdo con las políticas dictadas por la Administración General.
- Tramitar, fiscalizar y dar seguimiento a los contratos de concesiones para la explotación de los puertos nacionales existentes y los que en el futuro se construyan.
- Promover la facilidad de navegación, maniobra y atraque a los buques que recalen en los puertos nacionales y, en general, la provisión de los servicios que estos requieran, para el eficiente manejo de la carga y de los suministros usuales, y reglamentar estas actividades dentro de los recintos portuarios.
- Embarcar, desembarcar, trasladar, almacenar, custodiar y entregar las mercancías, productos u otros bienes a los consignatarios o a sus representantes, por sí o por intermedio de concesionarios.
- Proponer a Junta Directiva en concepto correspondiente para el pago de las tasas y derechos por los servicios portuarios que preste.
- Fomentar la adecuación de las empresas marítimas auxiliares a las demandas del tráfico del Canal de Panamá y del sistema portuario.
- Imponer las sanciones que correspondan a quienes infrinjan las normas legales y reglamentarias, referentes a la administración portuaria y a las industrias marítimas auxiliares.
- Fiscalizar que los concesionarios cumplan las estipulaciones del contrato de concesión, así como las disposiciones legales y reglamentarias.
- Fiscalizar que las industrias marítimas auxiliares cumplan con lo estipulado en su licencia de operación.
- Dar seguimiento a la ejecución de políticas que emanen de la Administración General o del Órgano Ejecutivo, en materia del desarrollo de instalaciones portuarias y de la industria marítima auxiliar.
- Cumplir con las tareas de supervisión, monitoreo y reporte de las actividades de los puertos y sus jurisdicciones, sobre la base de las regulaciones y convenios ratificados por la República de Panamá, en temas relacionados con la responsabilidad del Estado Ribereño en coordinación con aquellas instituciones que comparten competencias en el tema.
- Proponer a la Administración General la implementación de la Normativa de los Convenios Internacionales de la Organización Marítima Internacional (OMI), en lo relativo a las obligaciones en el área portuaria.
- Asesorar a la Administración General en lo concerniente a los compromisos internacionales adoptados por el país, en materia de conservación del medioambiente marítimo, prevención, reducción y control de la contaminación, la investigación científica marina y los levantamientos hidrográficos.
- Fijar sanciones a las instalaciones marítimas o terrestres que causen contaminación en aguas panameñas y quienes infrinjan las normas legales y reglamentarias, referentes a la administración portuaria y a las industrias marítimas auxiliares.
Unidad de Calidad de Puertos e Industrias Marítimas
Objetivo
Implementar el Sistema de Gestión de Calidad en todas las unidades administrativas de la Dirección, de acuerdo a las leyes, resoluciones y convenios Internacionales y así velar que se cumpla el sistema de gestión de calidad.
Funciones
- Desarrollar y administrar la aplicación de las normas de la calidad en los distintos servicios y demás actividades que realiza la DGPIMA.
- Asegurar el mantenimiento de los Sistemas de Calidad de la Dirección de acuerdo con normas nacionales y otras disposiciones legales nacionales e internacionales.
- Difundir y velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos del sistema de gestión calidad, mediante la estrecha coordinación con cada unidad administrativa de la Dirección.
- Asegurar la satisfacción de los clientes y usuarios.
- Coordinar con las diferentes unidades administrativas de la dirección lo relacionado con los flujos de procesos, la información documentada de calidad, y su implementación.
- Velar por un alto estándar de la calidad.
- Investigar y analizar los procedimientos administrativos de las diferentes unidades integradas con base en las leyes, resoluciones y convenciones internacionales.
Subdirección General de Puertos
Objetivo
Gestionar los servicios portuarios mediante la aplicación de la Ley General de Puertos, regulaciones de Junta Directiva y demás procedimientos que sean aplicables para velar por el desarrollo, crecimiento y prospección de la zona de servicios portuarios.
Funciones
- Cooperar con el desarrollo del Plan General del Sistema Portuario Nacional, de conformidad con las políticas emanadas de la Administración General, en coordinación con la Dirección General y Subdirección de Industrias Marítimas Auxiliares.
- Proponer, coordinar, construir, ampliar, conservar y mejorar los puertos e instalaciones portuarias de administración estatal y ejecutar las obras a través de la Autoridad Marítima de Panamá, o por intermedio de otros organismos del Estado.
- Planificar, ejecutar y evaluar los resultados de las batimetrías realizadas en proyectos nuevos; además, ejecutar los planes de mantenimiento y dotación de ayuda a la navegación.
- Fiscalizar, analizar y verificar mediante métodos comprobables y documentados, las obras de dragados en los canales de navegación y dársenas de maniobras en los puertos nacionales.
- Fiscalizar y monitorear las actividades operativas portuarias que se realizan dentro de los puertos.
- Velar por el cumplimiento de las normas sobre protección y seguridad portuaria con el objeto de prevenir, controlar y neutralizar los efectos de incidentes o sucesos que afecten la seguridad marítima y portuaria o que pudieren lesionar o causar pérdidas de vidas o daños materiales.
- Supervisar el cobro y proponer cuando corresponda el pago de tarifas, impuestos, tasas, consignación de fianza y pólizas, contribuciones y gravámenes.
- Procurar y garantizar el cumplimiento de los lineamientos establecidos en el Plan de Contingencia Nacional por derrames de hidrocarburos, normas de seguridad laboral, ambiental y protección portuaria en los puertos nacionales en coordinación con la Unidad Ambiental Sectorial.
Subdirección General de Industrias Marítimas Auxiliares
Objetivo
Gestionar los servicios marítimos auxiliares, y las concesiones marítimas, mediante la aplicación de la ley General de puertos, regulaciones de Junta Directiva y demás procedimientos que sean aplicables para velar por el desarrollo, crecimiento y prospección de la industria marítima y portuaria.
Funciones
- Promover las actividades y servicios marítimos auxiliares dentro de toda la infraestructura marítima del país, con base en la libre competencia y a altos estándares de calidad.
- Tramitar el inicio de facturación de los servicios marítimos auxiliares con la Dirección de Finanzas.
- Asegurar el seguimiento y cumplimiento de las autorizaciones y contratos que se firman con los nuevos operadores portuarios, así como las resoluciones que aprueban las licencias de operación, se den con estricto apego a la ley y a los reglamentos.
- Analizar las solicitudes de otorgamiento de concesiones de área y licencias de operación, que buscan el establecimiento de nuevas instalaciones portuarias en Panamá o a los interesados en proveer los servicios portuarios.
- Promover la inversión privada, a través de un otorgamiento expedito, amigable y transparente de las concesiones portuarias y licencias de operación. Asimismo, servir de facilitador ante otras instituciones del Gobierno para el cumplimiento de este fin.
- Promover nuevas propuestas de actualización de la legislación marítima portuaria nacional.
- Desarrollar políticas tarifarias en materia de industrias marítimas auxiliares.
Departamento de Resoluciones y Consultas
Objetivo
Coordinar y atender los asuntos legales referentes a la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares, en cumplimiento de las leyes, resoluciones y procedimientos vigentes en materia marítima portuaria aplicables dando la certeza jurídica del sector.
Funciones
- Revisar y/o confeccionar las resoluciones, contratos que emitan los Departamentos de la Dirección de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares, de modo que los mismos sean cónsonos con la legislación vigente en materia marítima portuaria u otras aplicables.
- Emitir concepto, evaluando las solicitudes y consultas legales que se presenten a consideración de la Dirección y demás documentos que requieran análisis jurídicos, así como brindar orientación legal a la Dirección de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares, a sus departamentos y a los usuarios que lo requieran.
- Participar en inspecciones de proyectos y giras técnicas de campo, que realicen las diversas unidades administrativas de la Dirección; a fin de verificar que los proyectos que se realicen, o vayan a realizarse, se lleven a cabo dentro de los parámetros que establece la legislación vigente en marítima portuaria u otras aplicables.
- Procesar las sanciones y multas para aquellos concesionarios y proveedores de servicios que infrinjan las normas o por recomendación de los respectivos Departamentos Técnicos de la Dirección de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares.
- Elevar a primera instancia, los recursos de reconsideración interpuestos contra las resoluciones emitidas por el Departamento de Resoluciones y Consultas.
- Elevar a segunda instancia, los recursos de apelación interpuestos contra las resoluciones del Director de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares
Departamento de Ingeniería
Objetivo
Analizar, estudiar y diseñar los proyectos y la construcción de infraestructuras portuarias
a nivel nacional y a la vez dar soporte para la señalización marítima y para los
levantamientos topográficos, batimétricos e hidrográficos.
Funciones
- Determinar las condiciones, capacidades y necesidades del sistema portuario nacional para satisfacer las necesidades de infraestructuras que el desarrollo socio-económico del país demanda.
- Proponer el anteproyecto de Inversiones en el Sistema Portuario Nacional, de conformidad a las políticas emanadas por el Despacho del Administrador y en concordancia a los criterios emanados del Ministerio de Economía y Finanzas.
- Determinar y supervisar el cumplimiento de las normas y especificaciones técnicas para el desarrollo de proyectos portuarios.
- Planificar y priorizar los proyectos de inversión de las obras portuarias a nivel nacional.
- Dar seguimiento y garantizar el mantenimiento al servicio de señalizaciones en los faros y boyas de los puertos en general.
- Establecer un programa de ejecución de batimetrías, topografías y agrimensuras a realizar en los puertos para determinar los canales de acceso y los calados disponibles.
- Preparar informes técnicos de los estudios de batimetrías realizadas.
- Confeccionar y presentar los informes de las inspecciones de los servicios de reparación realizados por los contratistas para la mejora de los puertos.
- Dar mantenimientos preventivos de acuerdo al Plan Operativo Anual de la Dirección, a las instalaciones de los muelles y/o oficinas de la Autoridad Marítima.
- Realizar las inspecciones a las obras civiles marítimas y portuarias.
- Inspeccionar y avalar las operaciones de trabajo en cuanto a dragados.
- Certificar los volúmenes de material dragado y los niveles de calado al inicio y al final de los trabajos.
- Diseñar y confeccionar los planes de propuestas de proyectos a realizarse.
- Confeccionar expedientes con los dibujos y documentos de referencia obtenidos en los estudios de campo para cada proyecto.
- Participar junto con el Departamento de Compras en el proceso de las licitaciones para recomendar las especificaciones técnicas y evaluar el mejor proponente en la construcción de un proyecto.
Departamento de Operaciones Portuarias
Objetivo
Controlar y fiscalizar las actividades que se desarrollan en los puertos, con base en las normas, reglamentos y procedimientos que rigen las operaciones portuarias en el ámbito nacional, para asegurar los compromisos ante los organismos internacionales.
Funciones
- Planificar, organizar, dirigir, coordinar y supervisar los distintos servicios que se brindan en las instalaciones portuarias de administración estatal y supervisar las que se realizan, en las de administración concesionada, con el propósito que las mismas se realicen en virtud de los reglamentos operacionales y cumpliendo con las normas nacionales e internacionales.
- Comprobar que las facilidades a la navegación, la operación de atraque y zarpe, se realicen conforme a los parámetros establecidos en los reglamentos y normativas internacionales aplicables.
- Coordinar con el Departamento de Ingeniería de la Dirección de Infraestructura y Obras Civiles, los programas de mantenimiento continuo que minimicen el deterioro de las instalaciones y el equipo de trabajo en las instalaciones terrestres y marítimas.
- Coordinar el inicio de operaciones en instalaciones portuarias nuevas, a fin de que estas cumplan con todos los aspectos operacionales necesarios para su buen funcionamiento y el cumplimiento de todos los requerimientos técnicos, y así como las normativas nacionales e internacionales aplicables.
- Garantizar que la gestión referente a los servicios portuarios que se prestan en los puertos se realice de acuerdo con el manual de tarifas y procedimientos establecidos, buscando mejores estándares de calidad.
- Realizar inspecciones periódicas a los servicios de capitanías y puertos menores, para mantener información actualizada de la gestión administrativa en los puertos y realimentar a la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares y el personal.
- Generar publicaciones náuticas para los usuarios de los servicios portuarios, para potenciar la seguridad de la navegación.
- Servir de enlace de la Dirección de Planificación y Desarrollo del Sector Marítimo en las instalaciones portuarias donde no se cuente con un personal de estadística, para apoyar en la remisión de los informes al Departamento de Estadísticas Generales de la Oficina de Planificación y Desarrollo del Sector Marítimo.
- Planificar, organizar, dirigir y coordinar los servicios de Capitanías de los Puertos en la inspección, control de tráfico, recepción de naves y abordaje en el ámbito nacional.
- Realizar giras y operativos para evaluar el movimiento de embarcaciones y pasajeros para las fechas importantes a nivel nacional.
- Revisar la carta de atraque y valorar la información de las embarcaciones; específicamente los últimos diez (10) puertos antes arribados, listado de tripulación, la carga, próximo puerto de atraque, apoyándose con sistemas de monitoreo satelital.
- Enviar los Avisos de Seguridad Marítima a los Navegantes por sus siglas en inglés (MSI) a las embarcaciones que arriben a las aguas o puertos del país, con el propósito de mantenerlos informados de los peligros, cambios en los accesos a puertos u otra situación que pueda afectar las operaciones en los puertos.
- Supervisar y fiscalizar el cumplimiento de los procesos de ventanilla única de la República de Panamá.
- Participar y servir de enlace de la Fuerza de Tarea Conjunta, durante, pero limitado a los operativos de seguridad marítimos.
- Coordinar con el Servicio Aeronaval y autoridades internacionales en apoyo a las labores de búsqueda y rescate.
- Supervisar por el cumplimiento de las circulares emitidas, que guarden relación con la salvaguarda de la seguridad de la navegación.
Departamento de Protección Portuaria
Objetivo
Dar cumplimiento a las disposiciones del capítulo XI-2 del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974, enmendado, el Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias Código PBIP y la Ley No. 56 de 2008, Ley General de Puertos, sobre las instalaciones portuarias concesionadas en Panamá, que les son aplicable dichas normas.
Funciones
- Establecer y notificar a las instalaciones portuarias, el Nivel de Protección Portuaria aplicable bajo el Código PBIP y sus cambios.
- Determinar, qué instalaciones portuarias situadas en territorio panameño deben designar un Oficial de Protección, velando por el fiel cumplimiento de sus funciones, tareas y responsabilidades, de acuerdo con el ámbito de aplicación del código PBIP.
- Examinar las solicitudes de compañías especializadas en protección, que requieran funcionar como una Organización de Protección Reconocida en nombre de la Autoridad Marítima de Panamá para las Instalaciones Portuarias que les aplique el código PBIP.
- Garantizar que se realizan y/o revisan, y aprueban las evaluaciones de protección de las instalaciones portuarias y toda enmienda posterior a una evaluación aprobada.
- Garantizar que los planes de protección de las instalaciones portuarias se revisan, aprueban e implementan, de conformidad con lo dispuesto en el Código PBIP, y sus enmiendas posteriores a un plan aprobado.
- Definir los casos en que sea necesaria una declaración de protección marítima en la Interfaz entre un buque y una instalación portuaria para adoptar acuerdos en base a evaluación de riesgo que una operación suponga.
- Confeccionar, emitir y endosar el Certificado de la Declaración de Cumplimiento de la instalación portuaria bajo el Código PBIP, Parte A y Capítulo XI-2 SOLAS.
- Someter a prueba la eficacia de los planes de protección de las instalaciones portuarias aprobadas, mediante la supervisión de ejercicios, prácticas y verificaciones anuales de cumplimiento.
- Establecer el período mínimo por el que las instalaciones portuarias deberán conservar la Declaración de Protección Marítima.
- Determinar el período de una verificación obligatoria anual o una verificación no programada para comprobar que la instalación portuaria cumple con las prescripciones del Capítulo XI-2 del Convenio SOLAS, enmendado, y la parte A del Código PBIP.
- Asesorar y coordinar con los encargados de la protección portuaria en las instalaciones portuarias, sobre algún suceso o amenaza que las afecte, tales como ataques terroristas, polizones, contrabando de armas, sustancias ilícitas, ataques químicos, biológicos o nucleares, bloqueo de entradas, etc.
- Fomentar y facilitar la cooperación con otros Organismos Gubernamentales, Administraciones Nacionales, Sectores Navieros y Portuarios, Unidades Administrativas de la AMP, con el fin de detectar amenazas para la protección y adoptar medidas preventivas contra cualquier suceso.
- Asegurar que se hayan tomado las medidas necesarias para evitar la divulgación no autorizada de material confidencial sobre protección portuaria, referente a las evaluaciones de protección y planes de protección de las instalaciones portuarias u otro documento similar.
- Servir de enlace con autoridades nacionales e internacionales para cumplir con lo establecido en las disposiciones legales vigentes en materia de protección portuaria.
- Mantener y transmitir la información de protección portuaria actualizada a la Organización Marítima Internacional, a través del Sistema Mundial Integrado de Información Marítima (GISIS).
Departamento de Control y Prevención de la Contaminación de Puertos
Objetivo
Establecer y ejecutar acciones preventivas y de control de la contaminación, mediante el cumplimiento de normativas nacionales e internacionales aplicables, evitando la alteración del equilibrio del medio marino, a razón de las actividades marítimas y conexas.
Funciones
- Coordinar, dirigir, ejecutar y dar seguimiento al Plan Nacional de Contingencia contra derrames de hidrocarburos o cualquier sustancia nociva o potencialmente peligrosa, mitigación y limpieza de la contaminación presentados por las empresas concesionarias.
- Asesorar, en conjunto con la Unidad Ambiental Sectorial, al director General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares, en cuanto a situaciones del ambiente portuario.
- Desarrollar y ejecutar políticas para prevenir las acciones que pudiesen afectar el medio marino a través de sustancias contaminantes.
- Coordinar, con la Unidad Ambiental Sectorial, la realización de estudios e investigaciones técnicas y científicas relacionadas con las actividades portuarias y marítimas, a fin de fortalecer la gestión ambiental del estado panameño.
- Establecer y ejecutar los estudios de riesgos de riesgo de aquellas actividades marítimas, que por su naturaleza puedan afectar el medio marino.
- Elaborar estrategias, programas y acciones requeridas en el campo ambiental y coordinar su implementación con la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares y las instituciones estatales competentes con la temática ambiental.
- Verificar y exigir el cumplimiento de las medidas de prevención que se requieren cuando se realizan las operaciones de carga y descarga de productos derivados del petróleo o de sustancias peligrosas, en los puertos y las transferencias de buque a buque.
- Verificar los programas de mantenimiento de las empresas que se dedican a las actividades marítimas de carga y descarga de productos derivados del petróleo y sustancias peligrosas.
- Investigar y evaluar los sucesos de derrames de sustancias contaminantes en las aguas jurisdiccionales donde la Autoridad Marítima de Panamá tenga competencia.
- Fortalecer la fiscalización, seguimiento y control de la gestión integral de desechos y los servicios portuarios de recepción, manipulación de desechos generados por los buques y residuos de la carga.
- Realizar inspecciones periódicas de oficio en puertos o a concesionarios, en materia de prevención y control de sucesos de contaminación marítima.
- Proponer la implementación de un plan de acción de la gestión del medioambiente portuario, que sirva para prevenir y mitigar cualquier evento que ponga en peligro el medioambiente marítimo portuario.
- Coadyuvar, al Área de Capacitación y Desarrollo, en la elaboración y ejecución de un programa de educación ambiental en el ámbito portuario y de industria marítima auxiliar, formal y no formal, en coordinación con otras instituciones especializadas en el tema.
Departamento de Hidrografía y Cartografía Náutica
Objetivo
Crear, administrar y mantener actualizada la base de datos hidrográfica de las aguas jurisdiccionales de la Autoridad Marítima de Panamá, a través de la realización, verificación y participación de los levantamientos batimétricos y demás estudios hidrográficos con el fin de producir, actualizar y darle mantenimiento a las cartas náuticas físicas y electrónicas en aras de mantener la seguridad de la navegación hacia nuestros puertos.
Funciones
- Brindar seguimiento y mantener activa la Comisión Hidrográfica Nacional.
- Desarrollar proyectos de inversión para la adquisición de nuevos equipos hidrográficos, medios navales u otros equipos requeridos; así como también equipos que han llegado al final de su vida útil.
- Apoyar, al Departamento de Operaciones Portuarias, en brindar información técnica para la toma de decisiones y envío de avisos a los navegantes sobre cambios operacionales o de ejercicios de seguridad.
- Asistir, al Departamento de Señalización Marítima, en los estudios necesarios para la colocación de las ayuda a la navegación y en la actualización de las cartas náuticas cuando se coloque una nueva ayuda a la navegación o cuando se solicite la movilización de alguna.
- Encargarse de la divulgación de los avisos a los navegantes en temas relacionados a la actualización de las cartas náuticas.
- Mantener actualizada toda la información de las cartas náuticas de influencia a los puertos de la República de Panamá.
Departamento de Control y Cumplimiento de Puertos
Objetivo
Facilitar la implementación y el cumplimiento de los Convenios Internacionales de la Organización Marítima Internacional (OMI) y de otros Organismos Internacionales, cuyo ámbito de aplicación sea responsabilidad del Estado Ribereño, mediante el establecimiento de los debidos controles y evaluaciones necesarias, a fin de garantizar que la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares, a través de sus unidades administrativas, cumpla con los instrumentos obligatorios para la seguridad de la navegación, la facilitación del tráfico marítimo internacional, la prevención y control de la contaminación, y otros aspectos marítimos portuarios.
Funciones
- Garantizar, que la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares, establezca y aplique la norma internacional en materia de Estado Ribereño, a fin de brindar una respuesta inmediata a la comunidad marítima internacional.
- Promover la implementación y cumplimiento de los instrumentos obligatorios de la OMI, en los Departamentos de la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares.
- Orientar y facilitar informaciones a la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares, sobre los convenios, códigos, acuerdos y reglamentación, ratificadas y adoptadas por la República de Panamá, en materia portuaria y de Estado Ribereño.
- Revisar, verificar y controlar permanentemente la excelencia del Estado Ribereño con respecto al cumplimiento de los Instrumentos Obligatorios de la OMI, en la República de Panamá.
- Promover y coordinar la promulgación de leyes, resoluciones, decretos, acuerdos, entre otras normas de carácter nacional que faciliten la implementación de los Convenios Internacionales en materia portuaria y de Estado Ribereño, relacionados con la protección portuaria, seguridad y ayudas a la navegación, la facilitación del tráfico marítimo
- internacional, la prevención y control de la contaminación del medio marino, entre otros documentos que hayan sido ratificados y adoptados por la República de Panamá.
- Brindar criterios a la Misión Permanente de Panamá ante la OMI, respecto a la reglamentación e implementación de los instrumentos de la OMI o cualquier otro instrumento internacional que involucre aspectos portuarios o de Estado Ribereño.
- Verificar y promover que las acciones del sector privado y de los concesionarios de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), cumplan los Instrumentos Obligatorios de la OMI, en materia de Estado Ribereño.
- Colaborar con el Departamento de Control y Cumplimiento de la Dirección General de Marina Mercante, y el Departamento de Control y Cumplimiento de la Dirección General de la Gente de Mar, en aquellas investigaciones, análisis de documentos provenientes de la OMI, posturas de país y propuestas de enmiendas a Convenios Internacionales, que requieran una posición homologada de la Autoridad Marítima de Panamá y que estén relacionados con los instrumentos obligatorios de la OMI u otros organismos internacionales.
- Proponer, a la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares, la adopción de convenios internacionales en materia portuaria y de Estado Ribereño, así como la creación y/o modificación de las normativas nacionales que establezcan los lineamientos necesarios para la correcta implementación de dichos convenios, en coordinación con la Unidad de Resoluciones y Consultas de Puertos.
- Coordinar con las unidades administrativas de la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares la elaboración, ejecución y seguimiento de acuerdos interinstitucionales, acuerdos entre autoridades portuarias o con otros organismos internacionales, a fin de dar cumplimiento a la legislación nacional e internacional en materia portuaria y de Estado Ribereño.
- Informar y elaborar posturas, a la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares, de las actividades relacionadas con los Organismos Internacionales y las entidades gubernamentales y no gubernamentales, en materia portuaria y de Estado Ribereño.
- Dar seguimiento a los planes de trabajo, tareas y reuniones de los organismos internacionales en materia portuaria y de Estado Ribereño, así como cualquier otra actividad que emane de los mismos, en virtud de la responsabilidad de la República de Panamá como Estado miembro.
Departamento de Concesiones
Objetivo
Dirigir y administrar el proceso de otorgamiento de concesiones de áreas, así como procesar de forma expedita el cumplimiento de resoluciones y reglamentaciones correspondientes, mediante la aplicación de la ley, reglamentos y procedimientos marítimos portuarios, garantizando el desarrollo de la industria marítima del país.
Funciones
- Analizar, evaluar, tramitar y dar seguimiento a las solicitudes de concesión.
- Inspeccionar las áreas solicitadas en concesión y verificar que coincidan con los planos presentados.
- Elaborar los parámetros técnicos y criterios de las solicitudes de áreas y/o permisos provisionales.
- Desarrollar un sistema con los datos contenidos en la solicitud de concesiones que se expidan en el departamento.
- Colaborar con el diseño de los mapas para el Sistema de Información Geográfica.
- Replantear los polígonos y calcular las coordenadas de las áreas concesionadas.
- Verificar los traslapes entre solicitudes de concesión presentadas.
- Atender las consultas con la Autoridad Nacional de Administración de Tierras, para el otorgamiento de áreas propiedad de la nación.
- Tramitar las autorizaciones para el desarrollo de proyectos (solicitudes de compatibilidad), en coordinación con la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), dentro de su área de competencia.
- Analizar y tramitar las solicitudes de adenda y cesión de los contratos ya otorgados.
- Actualizar los planos de áreas concesionadas de recintos portuarios y ocupaciones, en coordinación con el Departamento de Ingeniería de la Dirección de Infraestructura y Obras Civiles para mantener un control de las áreas gestionadas por la Autoridad Marítima de Panamá.
- Dar trámite a las solicitudes de dragados realizadas por los concesionarios en coordinación con el Departamento de Ingeniería de la Dirección de Infraestructura y Obras Civiles.
- Realizar inspecciones periódicas a nivel nacional con la finalidad de levantar las nuevas ocupaciones de áreas, dar seguimiento a solicitudes en trámite y atender denuncias presentadas ante el departamento.
Departamento de Industrias Marítimas Auxiliares
Objetivo
Dirigir y administrar el proceso de otorgamiento de licencias de operación, así como procesar de forma expedita el cumplimiento de resoluciones y reglamentaciones correspondientes, mediante la aplicación de la ley, reglamentos y procedimientos marítimos portuarios, garantizando el desarrollo de la industria marítima del país.
Funciones
- Analizar y gestionar los trámites de licencias de operación de los servicios marítimos auxiliares, garantizando su cumplimiento basados en el reglamento de licencia de operación.
- Realizar inspecciones a las empresas que solicitan licencias de operación en coordinación con departamentos de acuerdo con el servicio solicitado.
- Verificar y tramitar los permisos provisionales de operación.
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